Tres formas de evitar una comprobación de Hacienda

Hacienda periódicamente pone en marcha sus campañas de comprobación para verificar que las autoliquidaciones presentadas por los contribuyentes sean correctas y no adolezcan de defectos. Al confeccionar nuestras autoliquidaciones deberemos prestar máxima atención, puesto que cualquier error puede dar lugar a una comprobación, la cual normalmente – y si hay errores- suele finalizar con intereses de demora, recargos y/o sanciones, pagando unas cuantías de más que en caso de haber sido más cauteloso, no se habrían abonado.

A grosso modo, las tres formas de evitar una comprobación serían las siguientes:

1.- Evitando errores aritméticos. En el IVA por ejemplo, los libros registros deben reflejar fielmente las cifras contenidas en las facturas, los sumatorios de bases imponibles y cuotas de IVA de los libros registros deben coincidir con los reflejados en los modelos presentados, el sumatorio de los modelos trimestrales debe cuadrar con el resultado del modelo anual, se debe evitar el baile de números al meter manualmente los datos, etc.

2.- Cruzando datos: Hacienda cruza todos los datos que tiene en su poder, y no solo entre las autoliquidaciones que un contribuyente presenta (IRPF, IVA e IS) sino que además cruza datos con terceros y conoce las relaciones comerciales que tienes con tus clientes y proveedores a través del modelo 347. Algunas formas de evitar una comprobación de Hacienda en este punto serían:

  • Todas las autoliquidaciones presentadas deben coincidir en los datos que reflejan, por ejemplo, el Importe neto de cifra de negocios (o lo que es lo mismo, tu volumen de facturación, la suma de todas tus facturas emitidas) debe coincidir en la declaración anual de IVA y en la de Sociedades o IRPF.
  •  Los datos que reflejas en tus declaraciones de renta deben coincidir con las declaraciones que presten terceros, por ejemplo, si tienes una vivienda alquilada, si tu inquilino declara el alquiler y tu como arrendador no lo haces para «evitar pagar impuestos» tienes un problema. Y ya no sólo si el inquilino no lo declara en su renta, sino que también conoce Hacienda cuando una vivienda está ocupada o vacía por el convenio que tiene con las empresas suministradoras de electricidad y agua, presumiendo que si hay consumo, está ocupada y si no lo hay, no lo está.
  • Los datos que plasmas en el modelo 347 deben coincidir trimestralmente con los declarados por tus proveedores y/o clientes (sobre todo en lo que respecta a tus facturas emitidas, ya que las recibidas pueden soportarse en los 4 años siguientes  la fecha del devengo).

3.- Finalmente las comprobaciones de Hacienda se pueden evitar teniendo en cuenta los criterios interpretativos de la administración. Es decir, no sólo hay que atender a lo dispuesto en las Leyes y reglamentos, sino que hay que considerar lo dispuesto por la Dirección General de Tributos, las resoluciones administrativas expuestas en la página de la AEAT a través de los INFORMAs,  las resoluciones de los tribunales Económico Administrativos y Judiciales y la normativa comunitaria europea.

Cuando desconozca si su criterio es coincidente con el de la Administración debe recurrir a un profesional. Así evitará muchos dolores de cabeza y tener que rascarse el bolsillo más de lo necesario.

homer

¿Has recibido alguna comprobación de Hacienda recientemente? ¿Tienes dudas más concretas sobre cómo podrías haberla evitado? ¿Necesitas asesoramiento para poder resolverla a la mayor brevedad y con el menor coste fiscal posible? Puedes realizar tu consulta aquí sin compromiso.

Si te ha parecido útil este artículo, ayúdanos a difundir el contenido de ese post en tus redes sociales. ¡Muchas gracias!

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio