DE AUTÓNOMO A SOCIEDAD LIMITADA (SL). TRASPASO DE ACTIVOS.

Hasta ahora, habías desarrollado tu actividad como autónomo, pero recientemente has constituido una SL y quieres traspasar la actividad y todos tus activos a dicha SL. ¿Cuál es la mejor forma de hacerlo?

Llevas varios años trabajando como empresario individual, y ahora vas a hacerlo a través de una SL que has constituido, de forma que será ella la titular del negocio, y no tu como persona física. Dicho cambio te reportará muchas ventajas (sólo responderás frente terceros por el capital aportado a la sociedad; será más fácil dar acceso a nuevos socios en el negocio…). No obstante, una vez que ya tienes la sociedad, ¿cuál es la mejor manera de traspasar a ella los activos que componen el negocio?

 

OPCIÓN 1: De autónomo a sociedad limitada mediante la compraventa

Alguien te ha dicho que una alternativa posible en estos casos es que vendas a la sociedad los activos que utilizas en tu negocio. Sin embargo, la opción de la compraventa tiene un inconveniente: la sociedad deberá disponer de liquidez suficiente para pagarte el precio de dichos activos.

De este modo, si has constituido la sociedad con un capital mínimo (3.000 euros), te encontrarás con que deberás dejar el precio de esta venta aplazado, y la situación financiera de la sociedad ya empezará mal desde el principio:

  • El balance de la sociedad reflejará una deuda con su socio (que eres tú), lo que puede dificultar las futuras solicitudes de financiación bancaria.
  • Por otro lado, si esta deuda no se va cancelando, deberán generarse intereses (Hacienda lo exige expresamente), con el consiguiente lío administrativo y papeleo que ello conlleva (presentación de modelos fiscales e ingreso de las retenciones en Hacienda).

 

OPCIÓN 2: Conversión de autónomo a sociedad limitada por aportación no dineraria de capital

Es importante que sepas que existe otra opción más recomendable. Transmite tus activos a la sociedad mediante una ampliación de capital con aportación no dineraria. Es decir, amplía el capital de tu SL y, en lugar de aportar dinero en efectivo, aportas los activos que tenías afectos a tu negocio cuando lo desarrollabas de forma individual. De esta forma:

  • No tendrás que aportar dinero en efectivo a tu nueva SL.
  • La SL no te deberá nada, ya que los activos se traspasan a cambio de nuevas participaciones en el capital.
  • El capital social será más alto (el dinero inicialmente aportado más el valor asignado a estos activos en la ampliación), lo que reforzará su imagen frente a las entidades bancarias.

 

¿Necesitas asesoramiento fiscal?

Si necesitas ayuda a la hora de valorar dichos activos para aportarlos a tu sociedad, contacta con nosotros. Con este informe valorativo de los activos podrás otorgar la escritura de ampliación de capital e inscribirla en el Registro Mercantil. Además, la ampliación de capital está exenta de pago de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

Consejo: Aporta los activos de tu negocio a tu SL en forma de ampliación de capital no dineraria. Apenas tendrás coste y, a cambio, evitarás tener deudas con tu sociedad, reforzando la situación financiera del negocio.

 

Espero que este post te haya sido de utilidad.

Un abrazo,

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